05 ASOCIACIÓN EN Participación | ecommerce

Es el contrato por el  cual una persona, denominada asociante concede a otra u otras personas denominadas asociados, una participación en el resultado o en las utilidades de uno o de varios negocios o empresas del asociante, a cambio de determinada contribución. (Art. 440 LGS).

Se entiende por asociación, en su sentido genérico, al conjunto de personas reunidas con objeto de lograr un fin común. Se entiende a su vez por participar, el dar parte, notificar, comunicar, recibir parte de algo; y por participación, la acción de participar y su resultado.

La asociación en participación es un contrato por medio del cual, una persona denominada asociado, otorga dinero, bienes o servicios, a otra denominada asociante, para la realización de un negocio mercantil; a cambio de que el asociante le participe en las utilidades o pérdidas de negocio.

 

De esta definición podemos resaltar la existencia de un asociante, a diferencia de lo que ocurre en los contratos asociativos; en donde todos los que intervienen son asociados entre si, y no existe figura. En este tipo de contrato, el asociante es el dueño del negocio en el que otorga participación al asociado, mediante una aportación que esta  efectúa, pero sin que por esto se llega a construir una relación jurídica en la que la dirección y manejo de esta, pueden intervenir directamente las partes.

 

El objeto que persigue con la celebración de este contrato, es la realización de un negoció mercantil, de cuyo resultado participara el asociado.

 

Al contrato de asociación en participación, también se le conocen los nombres de contrato de particpacion y contrato de cuentas en participación.

 

Encontramos que la asociación en participación puede ser singular, o de un solo negocio, y plural, cuando se trata de varios negocios. La asociación plural podrá ser parcial, cuando se de alguno de los negocios de la empresa asociante, o total, cuando los comprenda todos; es decir cuando el asociante comparta con el asociado, la empresa en su totalidad.

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